Los gastos de formalización de la hipoteca

La sentencia del Tribunal Supremo sobre los gastos de formalización de la hipoteca

Seguro que has escuchado recientemente que nuestro Tribunal Supremo ha establecido que desde hoy los bancos han de hacer frente a los gastos de formalización de la hipoteca, es decir, son el SUJETO PASIVO del  Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) de las hipotecas.

Sin embargo, seguro que has escuchado que puedes hacer frente a la reclamación y que tienes todo el Derecho del mundo a reclamar los gastos. Pero no es del todo cierto. Sigue leyendo.

Resumen básico de la Sentencia

Lo primero que debes saber es que la sentencia se resume en lo que hemos dicho: desde hoy, el banco es el SUJETO PASIVO DEL IMPUESTO. Pero NO DICE NADA MÁS. Por ello, no debes aventurarte y hacer caso a toda la publicidad que está saliendo que te incita a reclamar.

AMAT VICTORIA CURAM, «la victoria es propicia a quien se prepara», y eso debes de hacer, prepararte.

Las claves para obtener la devolución del impuesto

Tanto si tienes una hipoteca anterior a 2014 como posterior, te damos las claves para tener éxito en tu futura reclamación.

PRIMERO.- ESPERAR. Te parecerá una tontería, pero de hecho es lo más sensato. Es un dinero que ya has pagado, lo que debes hacer ahora es reclamarlo en el momento oportuno. Piensa por un lado que muchísimos ciudadanos (una media de 1500 hipotecas anuales, multiplicadas por varios ejercicios fiscales, que afectan aproximadamente a 6 millones de familias) van a inundar tanto a los bancos como a la administración pública de escritos de reclamación.

Por lo tanto, tu caso va a terminar en un montón bien grande de papeles que no se va a tocar hasta que pase un tiempo.

Has escuchado que el banco en un plazo de 2 meses debe resolver. Pero cuando al banco le lleguen cientos de escritos, sin duda que no le va a dar tiempo. Por ello, lo primero que debes hacer es ESPERAR, analizar durante los próximos días que noticias van saliendo, y ver como va evolucionando el asunto.

Según los datos del diario Expansión, existen a día de hoy más de 8000 demandas en curso con un plazo de espera de un año. Por eso, antes de hacer nada, debes tener paciencia y ver cuando es el mejor momento para reclamarlo. Sin duda lo prudente es esperar y analizar la situación.

SEGUNDO.- ESPERAR UN POCO MÁS. Aquí está la clave de todo. Si has escuchado o leído noticias de despachos de abogados o de organizaciones de consumidores incitando a reclamar, es porque ellos ganan con tu dinero. TENLO CLARO. Pero lo que nunca te dirán es que el Tribunal Supremo no ha dicho nada más en la sentencia. Y esto es muy importante.

¿La razón? Existe una sentencia anterior del Tribunal Supremo que daba la razón a la banca. Ahora hay una nueva sentencia que da la razón a los consumidores. Por lo tanto, lo primero que va a hacer la banca es DENEGAR TODAS LAS RECLAMACIONES, ya que no existe un criterio específico. Por lo tanto, ES NECESARIO una NUEVA SENTENCIA del Tribunal Supremo que UNIFIQUE LOS CRITERIOS EXISTENTES. 

Recuerda. NO QUEDA CLARO EN LA SENTENCIA ni que las hipotecas realizadas desde 2014 puedan reclamarse. Por lo tanto, se necesita paciencia y tiempo para lograr con éxito la devolución. Hasta entonces, no es prudente reclamar lo que te deba el banco, ya que la banca se va a oponer, igual que ocurrió con las cláusulas suelo en sus inicios.

Consecuencias de la Sentencia de 16 de octubre de 2018

«En río revuelto, ganancia de pescadores». Los que realmente se benefician de esta sentencia, al menos a corto plazo, son aquellos que realicen una hipoteca desde hoy en adelante, pudiéndose ahorrar de media unos 3000 euros por hipoteca.

Los bancos saben lo que hacen. Lo que pierden por un lado lo recuperan por otro, por lo que has de estar alerta sobre los POSIBLES COSTES SOBREVENIDOS en las nuevas hipotecas. Es muy probable que vuelvan a utilizar las comisiones de apertura para compensar lo que ahora tienen que pagar.

Sobre la reclamación del impuesto

FUNDAMENTAL. NO SE NECESITA en primera instancia ABOGADO PARA RECLAMAR. Sin embargo, para aquellos que no tengan conocimiento de leyes o temas tan técnicos, es más cómodo. En Internet ya hay formularios para reclamar el impuesto sin necesidad de acudir a un Letrado.

Por ello, la primera actuación que debes realizar es en tu propio nombre y representación. Nada más. Sólo necesitas un abogado en caso de que obtengas una respuesta negativa.

¿Tengo que reclamar a hacienda o al banco?

Puede que en un primer momento creas que es el banco a quien debes dirigirte, pero no es así. No estamos ante una cláusula abusiva como las cláusulas suelo, los intereses de demora o el vencimiento anticipado, que son temas estrictamente bancarios, pues se introducen en el contrato. Estamos ante un tema de IMPUESTOS, pues la Ley determinaba que el sujeto pasivo de ese impuesto era el prestatario de la hipoteca.

Con esta sentencia, al establecer que desde ahora el SUJETO PASIVO es el PRESTAMISTA, ya que es éste quien tiene interés en que se realice la hipoteca y es éste quien tiene después la facultad legal de ejecutarla contra los bienes del obligado al pago, se determina que el OBLIGADO A PAGAR EL IMPUESTO SEA EL BANCO.

Por ello, un escrito al banco para que devuelva esas cantidades no es lógico, ya que no le hemos pagado al banco, ni el banco tiene ese dinero, sino a la ADMINISTRACION PUBLICA. Por lo tanto, la reclamación debe dirigirse a la HACIENDA de cada COMUNIDAD AUTONOMA, ya que es ésta la que tiene las competencias cedidas del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

De esta manera, lo que se debe conseguir es la restitución de las cantidades pagadas por resultar estas indebidas. IMPORTANTE: El pago del impuesto hasta ahora no ha beneficiado a la banca. El único beneficiario REAL es y sigue siendo la administración autonómica. La banca lo que obtiene es un ahorro por no soportar ese gasto, pero no es un beneficio. La reclamación, por lo tanto, DEBE DIRIGIRSE A LA HACIENDA AUTONOMICA por el importe del impuesto (IAJD) más los intereses de demora.

 

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